DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL
Recientemente ha circulado un mail sobre el tema, que plantea escenarios basados en datos y especulaciones alejados de la realidad. En primer lugar, se afirma que ante un vencimiento próximo del plazo para presentar ante la ONU “la extensión de 200 a 350 millas de plataforma continental”, la Argentina no posee ni el 50% de los estudios hechos.
Por un lado, no es bueno insistir en la imagen de una plataforma “ampliada hasta las 350 millas”. No se trata de una “ampliación”, sino del trazado mismo de nuestra plataforma continental, que de acuerdo con lo definido por el texto de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, y en virtud de la particular geología de nuestro lecho y subsuelo, habrá de extenderse en muchos sectores, más allá de las 200 millas de la costa. Pero tampoco está garantizado que el trazado de la plataforma para la Argentina llegue hasta las 350 millas en toda su extensión. La determinación de este límite depende de las formas del lecho, de los espesores sedimentarios presentes en el subsuelo y de las distancias desde la costa. Como estas características son variables a lo largo del margen continental, es dable esperar que en ciertas zonas pueda sostenerse técnicamente la extensión hasta las 350 millas (incluso en ciertos casos, podría superar este valor), mientras que otras no se superarán las 200 millas, con toda la gama intermedia de posibilidades. La obtención, el procesamiento y la interpretación de esta información constituyen el objeto de un trabajo que la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA). Dicho trabajo ya ha superado ampliamente el 50% de lo previsto.
En segundo lugar, se afirma que Gran Bretaña ya ha hecho su presentación, y que en sus pretensiones incluye a la Isla de los Estados… Ya ha sido claramente desmentido que Gran Bretaña haya hecho presentación alguna en el Atlántico Sur, lo que seguramente hará más adelante. Pero sugerir que en su presentación los británicos podrían pretender como propia a la Isla de los Estados es un completo absurdo. Nunca el derecho de un Estado sobre partes del mar generadas a partir de una posición terrestre, puede dar lugar a un derecho sobre el territorio soberano de otro estado. Como casi todas las convenciones internacionales, la CONVEMAR, y las instituciones por ella creadas han generado numerosos mecanismos de solución de controversias, apuntados a evitar situaciones “sin salida”. Y lo que previsiblemente ocurrirá con casos como el que nos ocupa, es que la Comisión de Límites de la Plataforma Continental “congelará” el análisis de las presentaciones de los dos países, en aquellas zonas en donde se superpongan sus reclamos, hasta tanto se resuelva la “cuestión de fondo”.
Por un lado, no es bueno insistir en la imagen de una plataforma “ampliada hasta las 350 millas”. No se trata de una “ampliación”, sino del trazado mismo de nuestra plataforma continental, que de acuerdo con lo definido por el texto de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, y en virtud de la particular geología de nuestro lecho y subsuelo, habrá de extenderse en muchos sectores, más allá de las 200 millas de la costa. Pero tampoco está garantizado que el trazado de la plataforma para la Argentina llegue hasta las 350 millas en toda su extensión. La determinación de este límite depende de las formas del lecho, de los espesores sedimentarios presentes en el subsuelo y de las distancias desde la costa. Como estas características son variables a lo largo del margen continental, es dable esperar que en ciertas zonas pueda sostenerse técnicamente la extensión hasta las 350 millas (incluso en ciertos casos, podría superar este valor), mientras que otras no se superarán las 200 millas, con toda la gama intermedia de posibilidades. La obtención, el procesamiento y la interpretación de esta información constituyen el objeto de un trabajo que la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA). Dicho trabajo ya ha superado ampliamente el 50% de lo previsto.
En segundo lugar, se afirma que Gran Bretaña ya ha hecho su presentación, y que en sus pretensiones incluye a la Isla de los Estados… Ya ha sido claramente desmentido que Gran Bretaña haya hecho presentación alguna en el Atlántico Sur, lo que seguramente hará más adelante. Pero sugerir que en su presentación los británicos podrían pretender como propia a la Isla de los Estados es un completo absurdo. Nunca el derecho de un Estado sobre partes del mar generadas a partir de una posición terrestre, puede dar lugar a un derecho sobre el territorio soberano de otro estado. Como casi todas las convenciones internacionales, la CONVEMAR, y las instituciones por ella creadas han generado numerosos mecanismos de solución de controversias, apuntados a evitar situaciones “sin salida”. Y lo que previsiblemente ocurrirá con casos como el que nos ocupa, es que la Comisión de Límites de la Plataforma Continental “congelará” el análisis de las presentaciones de los dos países, en aquellas zonas en donde se superpongan sus reclamos, hasta tanto se resuelva la “cuestión de fondo”.
Para mayor información consultar:
http://www.hidro.gov.ar/Noticias/RENoticias.asp?idnot=169
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